Administración - Atención al ciudadano
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- Escrito por: Suso
La Administración pública está obligada a actuar con transparencia y tener consideración y respeto a los ciudadanos, lamentablemente no siempre es así.
Agencia Tributaria. Declaración del IRPF
En la declaración del IRPF 2011 comprobé que el "borrador" de la auto-liquidación tenía bien los datos maestros pero con una interpretación de la normativa errónea que me causaba un perjuicio económico.
Solicitud de rectificación del borrador de autoliquidación
Después de ojear la Ley 35/2006, del IRPF, y ver Resoluciones e Instrucciones de Hacienda, Sentencias, etc. afiancé mi interpretación. Así que decidí confirmar el Borrador de autoliquidación del IRPF y, después, presenté una solicitud de rectificación de la misma.
En la solicitud argumentaba mi pretensión con hechos y fundamentos de derecho que apoyaba con cita de Resoluciones de Hacienda y Sentencias de Tribunales. Finalmente solicitaba la rectificación.
Requerimiento e inicio procedimiento de verificación de datos
Después de 5 meses recibo un "Requerimiento" solicitándome que presentara diversa documentación en la Agencia Tributaria. El "Acuerdo" se refería a mi petición pero en el mismo documento me comunican el inicio de un "procedimiento de gestión tributaria de verificación de datos".
El procedimiento de verificación de datos está previsto en el Art 131 de la Ley General Tributaria (en adelante LGT). Y aunque la Agencia Tributaria no dice por qué inicia este nuevo procedimiento entiendo que es para aclarar o justificar algún dato relativo a la auto-liquidación del IRPF (Art 131 d). Pero es chocante que en procedimiento iniciado a instancia de parte se acuerde otro de verificación de datos, cuando aquel ya tiene su propia entidad ¿para qué el segundo procedimiento?.
Resolución de la Agencia Tributaria
Después de 14 meses desde la presentación de mi petición de rectificación recibí resolución expresa. El Acuerdo de la Agencia Tributaria no puede ser más parco: “habiendo quedado aclaradas las incidencias que dieron lugar a este procedimiento, esta oficina le comunica que conforme a la normativa vigente no procede regularizar la situación tributaria”.
La inexistente motivación pone de manifiesto, bajo mi punto de vista, una reprochable falta de consideración institucional al contribuyente. Si un ciudadano se esfuerza en justificar su petición espera que la Administración debata mínimamente el argumento, es decir, motive su decisión.
Por otra parte, la resolución debió producirse en una plazo máximo de seis meses (Art 104.1.b. de la LGT); por lo tanto dicha resolución denegatoria es también reprochable porque el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución tiene automáticamente efectos de estimación de la solicitud, tal como dispone el Art.104.3 de la LGT.
En definitiva, un contribuyente se dirige al órgano administrativo competente con una petición razonada y argumentada y recibe una respuesta denegatoria sin motivar y fuera de plazo, en cuyo caso el silencio es positivo. La sensación no puede ser más decepcionante y deprimente, sobre todo teniendo en cuenta que la Administración se financia con los impuestos de los ciudadanos y está a su servicio y no al contrario.
¿Qué hacer?
Ahora cabría hacer una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo dependiente también de Hacienda y después, si no satisface la resolución, acudir a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Estoy convencido de que al final obtendría satisfacción a mi demanda, pero a estas alturas ya me ha costado más el collar que el perro (estudio de documentación, comparecencias, consultas con asesores, etc.).
Al año siguiente recuperé mi anterior hábito de ignorar el "Borrador" y hacer la auto-liquidación del IRPF. He aplicado mis propios criterios y ha funcionado.
Las personas de mi entorno piensan que es mejor no despertar a la fiera. Es triste actuar así. Entiendo que es al contrario. Hay que domesticar a una fiera, que está a mi servicio, con los instrumentos legales, por supuesto.
Que cada cual saque sus propias conclusiones pero mientras no despojemos a la Administración de su prepotencia, malas prácticas, acomodación funcionarial y no asuma y practique que está al servicio del ciudadano (su genuino patrono y cliente) no podemos esperar tener un Estado moderno y eficiente.